Módulo 5
Fundamentos del
delito y los delitos en particular
Unidad 1
Generalidades del
Derecho Penal
Sesión 2
Actividad 1. Las fuentes de las que emanan las normas
1. Lee el apartado “Fuentes del
Derecho”.
2. Identifica cuáles son las fuentes
históricas, reales y formales.
3. Ejemplifica cada una de estas
fuentes.
5. Responde a las
siguientes preguntas sobre el Derecho Penal:
v
¿Qué entiendes por fuentes del Derecho?
Son las causas,
circunstancias o fundamentos que se presentan dentro de la sociedad y la
política, los cuales tienen que ser analizados por los legisladores la poder
crear normas que logren una armoniosa convivencia y desarrollo de la
colectividad.
v
¿Por qué la única fuente para el Derecho Penal está constituida
por la ley? (Señala tres puntos.)
1. Por que es la producida por
el estado y la que reúne las características de ser general, abstracta,
permanente y provee de sanciones.
2. Por que esta es la que reúne
todos los elementos y requisitos que exige el proceso legislativo.
3. Y por último por que la
Constitución así lo declara, que la única sanción o pena que se puede aplicar
es la que exista dentro de la ley destinada a cierto delito.
v
¿Por qué la jurisprudencia no es fuente del Derecho Penal, pero es
válida en cuanto a la interpretación de la norma?
Por que solamente
es utilizada como apoyo para esclarecer el significado de la norma, aclarar las
lagunas e interpretar, pero, se puede convertir en obligatoria si el Tribunal o
la Suprema Corte de Justicia es quien la emite.
Actividad 2. Ámbitos de validez en el Derecho Penal
Con el propósito identificar
los ámbitos de validez de la norma realiza la siguiente actividad.
1. Concluye la lectura de tu texto de
apoyo.
2. Identifica cuáles son los ámbitos de
validez a los que se hace referencia.
3. Ejemplifica cada uno de estos ámbitos
de validez.
v
¿Aplican o pueden aplicar a un ámbito de validez personal?
Si, como
delincuente merece el castigo por lo que debe ser punible para recibir la pena,
siempre y cuando sean capaces.
v
¿Aplican o pueden aplicar a un ámbito de validez real?
Se aplicará la Código
perteneciente a cada Estado dentro del cual se comete el delito, a menos, de
que este sea universal.
v
¿Aplican o pueden aplicar a un ámbito de validez universal?
El único delito de los que ejemplifique, que se puede sancionar y
perseguir universalmente es el genocidio.
Actividad integradora. Interpretación de la norma a
partir de un caso
Indicaciones
1. Espera el caso proporcionado por tu
docente en línea.
2. Responde lo que en éste se solicita.
Caso hipotético
sobre la conformación del contenido de los derechos humanos y obligaciones del
Estado a partir del didh Caso de la comunidad de Tsïtsïki Urapiti.
HECHOS
El territorio de la comunidad de Tsïtsïki Urapiti se
encuentra ubicado en la región amazónica de la República Federal de la
Amazonia, en el área del bosque tropical de la provincia de La Pacanda, en las
riberas del Río Tzintzuntzan. Este es el único asentamiento del pueblo indígena
Umma en el país y se compone de alrededor de 1 200 habitantes. De acuerdo con
la cosmovisión del Pueblo Umma, su territorio posee una significación profunda:
la selva es el símbolo de la existencia del pueblo y los elementos de la
naturaleza tienen espíritus que se encuentran conectados entre sí y cuya
presencia sacraliza los lugares.
El 12 de mayo de
1992 el Estado, a través de la Secretaría de la Reforma Agraria, adjudicó un
área conocida como “Las Yácatas” (con una superficie aproximada de 264.625 ha.)
en favor de las comunidades del Río Tzintzuntzan, entre ellas la comunidad de
Tsïtsïki Urapiti. El 26 de julio de 1996, luego de convocadas varias rondas de
licitación para la exploración de hidrocarburos en el territorio “Las Yácatas”,
de la provincia de La Pacanda, fue suscrito un contrato de participación para
la exploración de hidrocarburos y explotación de petróleo en esta zona, entre
la Empresa Estatal de Petróleo (Petro-Amazonia) y la empresa de Combustibles
“Carboncito, S. A. de C. V.” (en adelante “empresa Carboncito”). El espacio
territorial, otorgado en el contrato para ese efecto, comprendía un 65% de los
territorios ancestrales del Pueblo Umma.
10 Fuentes del derecho internacional de los derechos
humanos
En numerosas ocasiones, la empresa petrolera intentó
gestionar la entrada al territorio de la comunidad Tsïtsïki Urapiti y conseguir
su consentimiento para la exploración petrolera, a través de diversas acciones
como:
a) trato directo con las y los miembros de las comunidades,
saltando el nivel de la organización indígena;
b) ofrecimiento de una caravana para atención médica a
varios de los barrios que conforman Tsïtsïki Urapiti, en la cual, para ser
atendidas, las personas tenían que firmar un listado, el cual posteriormente se
habría utilizado como una carta de apoyo dirigida a la empresa Carboncito para
que continuara sus trabajos;
c) pago de sueldos a personas particulares dentro de la
comunidad para que reclutaran a otras personas a fin de avalar la actividad de
prospección sísmica;
d) ofrecimiento de regalos y de prebendas personales;
e)formación de grupos de respaldo a la actividad petrolera;
y
f ) ofrecimientos de dinero, en forma individual o
colectiva.
El 28 de noviembre de 2002, el Presidente de la Unión Umma,
representante de las 5 asociaciones del pueblo Umma, presentó un recurso de
amparo ante el Tribunal de alzada correspondiente, en contra de la empresa
Carboncito (de acuerdo con la legislación constitucional de la República
Federal de la Amazonia,el recurso de amparo puede ser dirigido en contra de
particulares, cuando su conducta afecte grave y directamente un interés
comunitario, colectivo o un derecho difuso) en el que solicitaron se
suspendieran las actividades hidrocarburíferas en la zona de “la Pacanda”,
basando su solicitud en las normas de la Constitución Federal y fundando su
solicitud de amparo en el hecho de que el ingreso de trabajadores de la empresa
petrolera a su territorio, para iniciar actividades de exploración petrolera,
se había realizado sin consultar previamente a las autoridades del pueblo
indígena. Entre los meses de octubre de 2002 y febrero de 2003, los trabajos de
la empresa petrolera avanzaron un 29% al interior del territorio de Tsïtsïki
Urapiti. En ese período, la empresa Carboncito cargó 467 pozos, con
aproximadamente 1433 kilogramos del explosivo “pentolita”, tanto a nivel
superficial, como a mayor profundidad. Los explosivos sembrados permanecen en
el territorio Umma. En relación con las afectaciones al territorio Tsïtsïki
Urapiti, la empresa destruyó al menos un sitio de especial importancia en la
vida espiritual de los miembros del Pueblo. Del mismo modo, la empresa abrió
trochas sísmicas, habilitó siete helipuertos, destruyó cuevas, fuentes de agua
y ríos subterráneos necesarios para consumo de agua de la comunidad, taló
árboles y plantas de gran valor medioambiental, cultural y de subsistencia
alimentaria de Tsïtsïki Urapiti. Los trabajos de la petrolera ocasionaron la
afectación y suspensión, en algunos periodos, de actos y ceremonias ancestrales
culturales del pueblo Umma. Entre febrero de 2003 y diciembre de 2004, fue
denunciada una serie de hechos: presuntas amenazas y hostigamientos realizados
en perjuicio de líderes, miembros y las abogadas de Tsïtsïki Urapiti.
RESPONDE AMPLIAMENTE LO SIGUIENTE DE MANERA FUNDADA Y MOTIVADA
1. Primer
diagnóstico
Con la información que se ha presentado sobre
el caso conteste las siguientes preguntas:
1.
¿Cuáles son los principales problemas,
detrás del conflicto, que deben analizarse?
Principalmente la violación de los
derechos humanos, la ineficacia del Estado a dar solución a estas violaciones y
permitir que las actividades siguieran adelante aun y cuando esto afectaba al
medio ambiente, el patrimonio de los indígenas, etc.
2.
¿Cuáles son los derechos que identifica
han sido violados en contra de esta comunidad indígena?
a) Derecho a la propiedad indígena artículo
17 de la Declaración de los Derechos Humanos.
b) Identidad cultural artículo 22 de la
Declaración de los Derechos Humanos.
c) Vida e integridad personal artículo 3 de
la Declaración de los Derechos Humanos.
d) Garantía a la protección judicial artículo
7 de la Declaración de los Derechos Humanos.
e) A un medio ambiente saludable artículo 4
Constitucional.
3.
¿A partir de qué normas e instrumentos
conformaría usted el contenido de los derechos humanos, presuntamente violados,
y las obligaciones que tiene el Estado respecto de estos?
La Declaración de los Derechos Humanos y
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos
indígenas (si es visto en la actualidad puesto que es vigente a partir del
2007), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención
Americana de Derechos Humanos, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
Código Penal Federal.
4.
¿Si tuviera que resolver el caso que se
plantea, qué elementos tomaría en consideración?
Proteger el territorio ya que dentro de
este se constituye la identidad cultural y diversidad ambiental necesaria para
la vida e integridad de esta comunidad, y que ha falta de realizar la consulta
con los miembros de la comunidad para llevar esta actividad y al demostrar los
actos ilícitos de los que se valió la empresa para realizar las actividades
nocivas para la comunidad y medio ambiente de los indígenas es necesario que el
Estado responda por daños ocasionados al territorio que ya había sido declarado
propiedad de esta etnia.
2.
Segundo diagnóstico
Como
complemento a las interrogantes planteadas en el primer diagnóstico del caso y
sabiendo cuál fue la resolución de las autoridades correspondientes es
importante que ahora el lector se plantee las siguientes interrogantes:
1.
¿Cómo califica el proceder del poder
judicial, con el conocimiento que tiene de las últimas reformas que ha sufrido
la constitución mexicana en materia de derechos humanos y en materia de amparo?
Buena, ya que con esto se garantiza el
principio pro persona, con la finalidad de proteger los derechos humanos de los
integrantes de una comunidad, conceptualizando el amparo como la institución
dedicada a proteger los derechos fundamentales.
2.
¿Qué normatividad nacional e
internacional es aplicable al caso?
Declaración de los derechos Humanos, La
Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas,
La Constitución Mexicana y Derechos de los pueblos y comunidades indígenas,
Código Penal Federal.
3.
¿Identifica violaciones a los derechos
humanos cometidas por las autoridades implicadas en el caso?
Si.
4.
¿cuáles identifica?
a) No aseguraron ni protegieron el derecho
a la consulta con respecto al derecho de la propiedad y realizaron actividades
de explotación del petróleo y depositaron pentolita sin su autorización destruyendo
sitios culturales, ancestrales y recursos del medio ambiente indispensables
para su bienestar. artículo 32 de La Declaración de las Naciones Unidas sobre
los derechos de los pueblos indígenas.
b) Violaron su identidad cultural al
destruir un sitio dedicado a la vida espiritual, destruyendo cuevas, etc.
c) Pusieron en peligro su vida y violaron
su integridad personal, al sembrar los explosivos y destruir fuentes de agua y
vegetación para el consumo de la comunidad, destruyendo su patrimonio.
d) No los reconocieron ni protegieron
jurídicamente, ya que se ignoró las amenazas y hostigamiento que recibieron líderes,
miembros y las abogadas de Tsïtsïki Urapiti.
5.
¿Le merece alguna opinión la resolución
del caso, considerando el derecho a un recurso efectivo que remedie la
violación de derechos humanos?
Pues en este caso esta mas que
demostrado que para nada fue un recurso efectivo puesto que el Estado actuó de
forma ineficiente ya que no otorgaron ninguna solución a tales violaciones si
no que las omitieron y permitieron que estos hechos no fueran castigados en su
debido momento.
EN BASE AL TEXTO DE APOYO IDENTIFICA LO
SIGUIENTE EN EL CASO PROPORCIONADO, JUSTIFIQUE SU RESPUESTA DE MANERA FUNDADA Y
MOTIVADA VINCULANDO LA TEORIA CON LA LEY Y EL CASO.
1.-Considerando las fuentes del derecho,
¿Qué fuentes utilizaría para resolver el caso?
La
Formal: ley, ya que nos basamos en su mayoría en los Derechos Humanos normas ya
establecidas. La costumbre debido a que se consideran como derecho sus
creencias, rituales, etc. y hasta considerados como parte de su patrimonio
cultural.
2.- Interpretación de la ley penal
a) Según los sujetos que lo realizan
Legislativa,
mediante cuerpos normativos y jurisdiccional para que el juez de su resolución.
b) Según el método utilizado
Sistemático
debido a que se apoya en cuerpos normativos y su relación con otros cuerpos
normativos, y lógico ya que según mi punto de vista se puede adecuar las
costumbres, creencias, rituales etc, a las normas actuales.
c) Según el resultado
Progresiva
por que se adapta al momento necesario.
3.- Ámbito de validez de la Ley
a) El ámbito material
Federal,
por que tiene que ver con violaciones de derechos humanos y constitucionales,
donde el Estado es responsable.
b) El ámbito espacial ØTerritorialidad
Ø Extraterritorialidad
Territorial,
ya que se trata de violaciones establecidos dentro un estado como afectaciones
al medio ambiente y flora de una región especifico, lo que hace de su
participación únicamente al territorio nacional y no internacional.
4.- Ámbito temporal
Lógicamente los preceptos, normas o cuerpos
legislativos tiene que estar vigentes para poder ser aplicados.
5.- Otros ámbitos de validez
a) Personal; en este caso está dirigido a defender a
los “indígenas” de personas “morales”.
b) Real; Es la necesidad de actuar de cierta
manera y dar protección a las violaciones que esta etnia sufrió, para que el
hecho no se repita y en dado caso ya se tenga un antecedente de como proceder
en un caso similar.
c) Universal; ya que la violación de los derechos
humanos es considerada de interés internacional.
3. En un documento de texto y de forma
ascendente, adjunta los productos elaborados a lo largo de la sesión en
cada actividad.
Cuadro actividad 1.
v
¿Qué entiendes por fuentes del Derecho?
Son las causas,
circunstancias o fundamentos que se presentan dentro de la sociedad y la
política, los cuales tienen que ser analizados por los legisladores la poder
crear normas que logren una armoniosa convivencia y desarrollo de la
colectividad.
v
¿Por qué la única fuente para el Derecho Penal está constituida
por la ley? (Señala tres puntos.)
1. Por qué es la producida por
el estado y la que reúne las características de ser general, abstracta,
permanente y provee de sanciones.
2. Porque esta es la que reúne
todos los elementos y requisitos que exige el proceso legislativo.
3. Y por último por que la
Constitución así lo declara, que la única sanción o pena que se puede aplicar
es la que exista dentro de la ley destinada a cierto delito.
v
¿Por qué la jurisprudencia no es fuente del Derecho Penal, pero es
válida en cuanto a la interpretación de la norma?
Por qué solamente
es utilizada como apoyo para esclarecer el significado de la norma, aclarar las
lagunas e interpretar, pero, se puede convertir en obligatoria si el Tribunal o
la Suprema Corte de Justicia es quien la emite.
Esta excelente tu trabajo me gusta bastante por que en el saco muchas de mis dudas,me gustaría si fuera posible me compartieras tu bibliográfia. Gracias
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