Nallely Mabel Mendoza Arvizu

viernes, 23 de agosto de 2019

Módulo 5. Fundamentos del delito y los delitos en particular Unidad 1. Generalidades del Derecho Penal Sesión 2. Fuentes del Derecho Penal

Módulo 5
Fundamentos del delito y los delitos en particular

Unidad 1
Generalidades del Derecho Penal

Sesión 2

Actividad 1. Las fuentes de las que emanan las normas


1. Lee el apartado “Fuentes del Derecho”.
2. Identifica cuáles son las fuentes históricas, reales y formales.
3. Ejemplifica cada una de estas fuentes.
4. Presenta, además, un ejemplo de las fuentes formales, para la ley, la jurisprudencia y la doctrina.

5. Responde a las siguientes preguntas sobre el Derecho Penal:


v  ¿Qué entiendes por fuentes del Derecho?
Son las causas, circunstancias o fundamentos que se presentan dentro de la sociedad y la política, los cuales tienen que ser analizados por los legisladores la poder crear normas que logren una armoniosa convivencia y desarrollo de la colectividad.
v  ¿Por qué la única fuente para el Derecho Penal está constituida por la ley? (Señala tres puntos.)
1.    Por que es la producida por el estado y la que reúne las características de ser general, abstracta, permanente y provee de sanciones.
2.    Por que esta es la que reúne todos los elementos y requisitos que exige el proceso legislativo.
3.    Y por último por que la Constitución así lo declara, que la única sanción o pena que se puede aplicar es la que exista dentro de la ley destinada a cierto delito.
v  ¿Por qué la jurisprudencia no es fuente del Derecho Penal, pero es válida en cuanto a la interpretación de la norma?
Por que solamente es utilizada como apoyo para esclarecer el significado de la norma, aclarar las lagunas e interpretar, pero, se puede convertir en obligatoria si el Tribunal o la Suprema Corte de Justicia es quien la emite.

Actividad 2. Ámbitos de validez en el Derecho Penal

Con el propósito identificar los ámbitos de validez de la norma realiza la siguiente actividad.
1. Concluye la lectura de tu texto de apoyo.
2. Identifica cuáles son los ámbitos de validez a los que se hace referencia.
3. Ejemplifica cada uno de estos ámbitos de validez.
 4. Responde las siguientes preguntas sobre los ejemplos que has planteado:

v  ¿Aplican o pueden aplicar a un ámbito de validez personal?
Si, como delincuente merece el castigo por lo que debe ser punible para recibir la pena, siempre y cuando sean capaces.
v  ¿Aplican o pueden aplicar a un ámbito de validez real?
Se aplicará la Código perteneciente a cada Estado dentro del cual se comete el delito, a menos, de que este sea universal.
v  ¿Aplican o pueden aplicar a un ámbito de validez universal?
El único delito de los que ejemplifique, que se puede sancionar y perseguir universalmente es el genocidio.

Actividad integradora. Interpretación de la norma a partir de un caso

Indicaciones
1. Espera el caso proporcionado por tu docente en línea.
2. Responde lo que en éste se solicita.
Caso hipotético sobre la conformación del contenido de los derechos humanos y obligaciones del Estado a partir del didh Caso de la comunidad de Tsïtsïki Urapiti.

HECHOS

El territorio de la comunidad de Tsïtsïki Urapiti se encuentra ubicado en la región amazónica de la República Federal de la Amazonia, en el área del bosque tropical de la provincia de La Pacanda, en las riberas del Río Tzintzuntzan. Este es el único asentamiento del pueblo indígena Umma en el país y se compone de alrededor de 1 200 habitantes. De acuerdo con la cosmovisión del Pueblo Umma, su territorio posee una significación profunda: la selva es el símbolo de la existencia del pueblo y los elementos de la naturaleza tienen espíritus que se encuentran conectados entre sí y cuya presencia sacraliza los lugares.
 El 12 de mayo de 1992 el Estado, a través de la Secretaría de la Reforma Agraria, adjudicó un área conocida como “Las Yácatas” (con una superficie aproximada de 264.625 ha.) en favor de las comunidades del Río Tzintzuntzan, entre ellas la comunidad de Tsïtsïki Urapiti. El 26 de julio de 1996, luego de convocadas varias rondas de licitación para la exploración de hidrocarburos en el territorio “Las Yácatas”, de la provincia de La Pacanda, fue suscrito un contrato de participación para la exploración de hidrocarburos y explotación de petróleo en esta zona, entre la Empresa Estatal de Petróleo (Petro-Amazonia) y la empresa de Combustibles “Carboncito, S. A. de C. V.” (en adelante “empresa Carboncito”). El espacio territorial, otorgado en el contrato para ese efecto, comprendía un 65% de los territorios ancestrales del Pueblo Umma.
10 Fuentes del derecho internacional de los derechos humanos
En numerosas ocasiones, la empresa petrolera intentó gestionar la entrada al territorio de la comunidad Tsïtsïki Urapiti y conseguir su consentimiento para la exploración petrolera, a través de diversas acciones como:
a) trato directo con las y los miembros de las comunidades, saltando el nivel de la organización indígena;
b) ofrecimiento de una caravana para atención médica a varios de los barrios que conforman Tsïtsïki Urapiti, en la cual, para ser atendidas, las personas tenían que firmar un listado, el cual posteriormente se habría utilizado como una carta de apoyo dirigida a la empresa Carboncito para que continuara sus trabajos;
c) pago de sueldos a personas particulares dentro de la comunidad para que reclutaran a otras personas a fin de avalar la actividad de prospección sísmica;
d) ofrecimiento de regalos y de prebendas personales;
e)formación de grupos de respaldo a la actividad petrolera; y
f ) ofrecimientos de dinero, en forma individual o colectiva.
El 28 de noviembre de 2002, el Presidente de la Unión Umma, representante de las 5 asociaciones del pueblo Umma, presentó un recurso de amparo ante el Tribunal de alzada correspondiente, en contra de la empresa Carboncito (de acuerdo con la legislación constitucional de la República Federal de la Amazonia,el recurso de amparo puede ser dirigido en contra de particulares, cuando su conducta afecte grave y directamente un interés comunitario, colectivo o un derecho difuso) en el que solicitaron se suspendieran las actividades hidrocarburíferas en la zona de “la Pacanda”, basando su solicitud en las normas de la Constitución Federal y fundando su solicitud de amparo en el hecho de que el ingreso de trabajadores de la empresa petrolera a su territorio, para iniciar actividades de exploración petrolera, se había realizado sin consultar previamente a las autoridades del pueblo indígena. Entre los meses de octubre de 2002 y febrero de 2003, los trabajos de la empresa petrolera avanzaron un 29% al interior del territorio de Tsïtsïki Urapiti. En ese período, la empresa Carboncito cargó 467 pozos, con aproximadamente 1433 kilogramos del explosivo “pentolita”, tanto a nivel superficial, como a mayor profundidad. Los explosivos sembrados permanecen en el territorio Umma. En relación con las afectaciones al territorio Tsïtsïki Urapiti, la empresa destruyó al menos un sitio de especial importancia en la vida espiritual de los miembros del Pueblo. Del mismo modo, la empresa abrió trochas sísmicas, habilitó siete helipuertos, destruyó cuevas, fuentes de agua y ríos subterráneos necesarios para consumo de agua de la comunidad, taló árboles y plantas de gran valor medioambiental, cultural y de subsistencia alimentaria de Tsïtsïki Urapiti. Los trabajos de la petrolera ocasionaron la afectación y suspensión, en algunos periodos, de actos y ceremonias ancestrales culturales del pueblo Umma. Entre febrero de 2003 y diciembre de 2004, fue denunciada una serie de hechos: presuntas amenazas y hostigamientos realizados en perjuicio de líderes, miembros y las abogadas de Tsïtsïki Urapiti.
 RESPONDE AMPLIAMENTE LO SIGUIENTE DE MANERA FUNDADA Y MOTIVADA
1.    Primer diagnóstico
 Con la información que se ha presentado sobre el caso conteste las siguientes preguntas:
1.    ¿Cuáles son los principales problemas, detrás del conflicto, que deben analizarse?
Principalmente la violación de los derechos humanos, la ineficacia del Estado a dar solución a estas violaciones y permitir que las actividades siguieran adelante aun y cuando esto afectaba al medio ambiente, el patrimonio de los indígenas, etc.
2.    ¿Cuáles son los derechos que identifica han sido violados en contra de esta comunidad indígena?
a)    Derecho a la propiedad indígena artículo 17 de la Declaración de los Derechos Humanos.
b)    Identidad cultural artículo 22 de la Declaración de los Derechos Humanos.
c)    Vida e integridad personal artículo 3 de la Declaración de los Derechos Humanos.
d)    Garantía a la protección judicial artículo 7 de la Declaración de los Derechos Humanos.
e)    A un medio ambiente saludable artículo 4 Constitucional.
3.    ¿A partir de qué normas e instrumentos conformaría usted el contenido de los derechos humanos, presuntamente violados, y las obligaciones que tiene el Estado respecto de estos?
La Declaración de los Derechos Humanos y La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (si es visto en la actualidad puesto que es vigente a partir del 2007), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención Americana de Derechos Humanos, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Código Penal Federal.
4.    ¿Si tuviera que resolver el caso que se plantea, qué elementos tomaría en consideración?
Proteger el territorio ya que dentro de este se constituye la identidad cultural y diversidad ambiental necesaria para la vida e integridad de esta comunidad, y que ha falta de realizar la consulta con los miembros de la comunidad para llevar esta actividad y al demostrar los actos ilícitos de los que se valió la empresa para realizar las actividades nocivas para la comunidad y medio ambiente de los indígenas es necesario que el Estado responda por daños ocasionados al territorio que ya había sido declarado propiedad de esta etnia.
2.    Segundo diagnóstico
Como complemento a las interrogantes planteadas en el primer diagnóstico del caso y sabiendo cuál fue la resolución de las autoridades correspondientes es importante que ahora el lector se plantee las siguientes interrogantes:
1.    ¿Cómo califica el proceder del poder judicial, con el conocimiento que tiene de las últimas reformas que ha sufrido la constitución mexicana en materia de derechos humanos y en materia de amparo?
Buena, ya que con esto se garantiza el principio pro persona, con la finalidad de proteger los derechos humanos de los integrantes de una comunidad, conceptualizando el amparo como la institución dedicada a proteger los derechos fundamentales.
2.    ¿Qué normatividad nacional e internacional es aplicable al caso?
Declaración de los derechos Humanos, La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, La Constitución Mexicana y Derechos de los pueblos y comunidades indígenas, Código Penal Federal.
3.    ¿Identifica violaciones a los derechos humanos cometidas por las autoridades implicadas en el caso?
Si.
4.    ¿cuáles identifica?
a)    No aseguraron ni protegieron el derecho a la consulta con respecto al derecho de la propiedad y realizaron actividades de explotación del petróleo y depositaron pentolita sin su autorización destruyendo sitios culturales, ancestrales y recursos del medio ambiente indispensables para su bienestar. artículo 32 de La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.
b)    Violaron su identidad cultural al destruir un sitio dedicado a la vida espiritual, destruyendo cuevas, etc.
c)    Pusieron en peligro su vida y violaron su integridad personal, al sembrar los explosivos y destruir fuentes de agua y vegetación para el consumo de la comunidad, destruyendo su patrimonio.
d)    No los reconocieron ni protegieron jurídicamente, ya que se ignoró las amenazas y hostigamiento que recibieron líderes, miembros y las abogadas de Tsïtsïki Urapiti.
5.    ¿Le merece alguna opinión la resolución del caso, considerando el derecho a un recurso efectivo que remedie la violación de derechos humanos?
Pues en este caso esta mas que demostrado que para nada fue un recurso efectivo puesto que el Estado actuó de forma ineficiente ya que no otorgaron ninguna solución a tales violaciones si no que las omitieron y permitieron que estos hechos no fueran castigados en su debido momento.
EN BASE AL TEXTO DE APOYO IDENTIFICA LO SIGUIENTE EN EL CASO PROPORCIONADO, JUSTIFIQUE SU RESPUESTA DE MANERA FUNDADA Y MOTIVADA VINCULANDO LA TEORIA CON LA LEY Y EL CASO.
1.-Considerando las fuentes del derecho, ¿Qué fuentes utilizaría para resolver el caso?
La Formal: ley, ya que nos basamos en su mayoría en los Derechos Humanos normas ya establecidas. La costumbre debido a que se consideran como derecho sus creencias, rituales, etc. y hasta considerados como parte de su patrimonio cultural.
2.- Interpretación de la ley penal
a) Según los sujetos que lo realizan
Legislativa, mediante cuerpos normativos y jurisdiccional para que el juez de su resolución.
b) Según el método utilizado
Sistemático debido a que se apoya en cuerpos normativos y su relación con otros cuerpos normativos, y lógico ya que según mi punto de vista se puede adecuar las costumbres, creencias, rituales etc, a las normas actuales.
c) Según el resultado
Progresiva por que se adapta al momento necesario.
3.- Ámbito de validez de la Ley
a) El ámbito material
Federal, por que tiene que ver con violaciones de derechos humanos y constitucionales, donde el Estado es responsable.
b) El ámbito espacial ØTerritorialidad Ø Extraterritorialidad
Territorial, ya que se trata de violaciones establecidos dentro un estado como afectaciones al medio ambiente y flora de una región especifico, lo que hace de su participación únicamente al territorio nacional y no internacional.
4.- Ámbito temporal
Lógicamente los preceptos, normas o cuerpos legislativos tiene que estar vigentes para poder ser aplicados.
5.- Otros ámbitos de validez
a) Personal; en este caso está dirigido a defender a los “indígenas” de personas “morales”.
b) Real; Es la necesidad de actuar de cierta manera y dar protección a las violaciones que esta etnia sufrió, para que el hecho no se repita y en dado caso ya se tenga un antecedente de como proceder en un caso similar.
c) Universal; ya que la violación de los derechos humanos es considerada de interés internacional.
3. En un documento de texto y de forma ascendente, adjunta los productos elaborados a lo largo de la sesión en cada actividad.

Cuadro actividad 1.




v  ¿Qué entiendes por fuentes del Derecho?
Son las causas, circunstancias o fundamentos que se presentan dentro de la sociedad y la política, los cuales tienen que ser analizados por los legisladores la poder crear normas que logren una armoniosa convivencia y desarrollo de la colectividad.
v  ¿Por qué la única fuente para el Derecho Penal está constituida por la ley? (Señala tres puntos.)
1.    Por qué es la producida por el estado y la que reúne las características de ser general, abstracta, permanente y provee de sanciones.
2.    Porque esta es la que reúne todos los elementos y requisitos que exige el proceso legislativo.
3.    Y por último por que la Constitución así lo declara, que la única sanción o pena que se puede aplicar es la que exista dentro de la ley destinada a cierto delito.
v  ¿Por qué la jurisprudencia no es fuente del Derecho Penal, pero es válida en cuanto a la interpretación de la norma?
Por qué solamente es utilizada como apoyo para esclarecer el significado de la norma, aclarar las lagunas e interpretar, pero, se puede convertir en obligatoria si el Tribunal o la Suprema Corte de Justicia es quien la emite.

Cuadro actividad 2




Módulo 5. Fundamentos del delito y los delitos en particular Unidad 1. Generalidades del Derecho Penal Sesión 1. Derecho Penal Mexicano: antecedentes históricos y fundamentos

Módulo 5
Fundamentos del delito y los delitos en particular

Unidad 1
Generalidades del Derecho Penal

Sesión 1
Derecho Penal Mexicano:
antecedentes históricos y fundamentos


Actividad 1. Norma, delito y sanción


1. Lee los apartados “Antecedentes históricos del Derecho Penal” y “Antecedentes del Derecho Penal en México”.
2. Investiga en fuentes académicamente confiables sobre el tema.
3. En un documento de texto, realiza un cuadro a doble entrada, como el siguiente.
4. Señala 15 delitos como mínimo.

Cuadro actividad 1.

Delito

Periodo, cultura y/ o momento histórico
Marco normativo de referencia
Sanción
Justificación de la ley y sanción que otorgaba
Vigencia en el derecho penal mexicano
Parricida (muerte de los parientes)
Derecho Romano
Ley de las XII tablas
Pena capital
Se encerraba al culpable en un costal y se lanzaba a al rio Tíber, por ser considerado el delito más grave.
Homicidio de un ascendiente consanguíneo en línea recta, por lo que se debe comprobar que el asesino haya tenido previo conocimiento del parentesco y así puede catalogarse como parricidio.
Brujería
Babilonia
Código Hammurabi
Muerte
El acusado se echa al divino rio si la corriente se lo lleva el acusador se queda con el patrimonio del delincuente, pero si no se declara puro y el acusado se queda con el patrimonio del acusador quien es ejecutado. Se perseguía a los brujos por el daño que podían provocar a distancia.
Este delito no existe en la actualidad.

Robo

Derecho Romano
Ley de las XII tablas
Azotes o muerte
Si se comete de día se podrá azotar al ladrón y entregado al perjudicado, si mientras es azotado se defiende violentamente se le puede dar muerte al igual que si se roba de noche.
Si fuese esclavo se arroja de la roca Tarpeya.
Se tipifica la sanción y multas en base al valor del objeto robado y la forma de cometer el robo (si hubo violencia), prescripto en los artículos 367 al 381 bis del CPF.
Injuria
Derecho Romano
Ley de las XII tablas
Pena de Talión o indemnización
Se sancionaba de la siguiente manera:
Ruptura de miembro, Talión o indemnización acordada.
Ruptura de hueso: 300 a 150 ases si era libre o esclavo.
Violencia: 25 ases.
Clasificado como delito contra el honor la injuria y difamación se derogan en México artículos 348 al 355 CPF.
Perjurio
Derecho Romano
Ley de Hammurabi
Muerte
El falso testimonio se condenaba sin perdón, eran arrojados de la roca Tarpeya.
La falsedad de testimonio es considerada un delito que se sanciona de 4 a 12 años y multas de 30 a 300 días de multas artículos 247 al 248 Bis CPF.
Magia
Derecho Romano
Ley de las XII Tablas
Muerte
Los hechiceros, adivinos que lo practiquen con malos fines serán castigados con la muerte.
Actualmente no es considerado un delito.
Incendium
Derecho Romano
Ley de las XII Tablas
Muerte
Si incendiaba su casa o la de algún otro moría quemado vivo en una hoguera.
El que provoque un incendio que represente un peligro para las personas serán condenados de 5 a 10 años de prisión artículos 397 al 399 bis CPF.
 Traición
Derecho Romano
Ley de las XII Tablas
Muerte
Pena capital mediante fustigación y decapitación ya que se consideraba como actuar contra los intereses de la ciudad si se traicionaba al magistrado (jefe militar) con la desobediencia.
La Traición contra la patria se castiga con prisión de 5 a 40 años y con multas según los artículos 123 al 126 CPF.
Adulterio
Edad Media
Derecho Canonico
Muerte
El esposo tenia derecho a matar a los adúlteros (a ambos) y reclamar el patrimonio de este.
Ya no es un delito, mas sin embargo en ciertas circunstancias si trae consecuencias el cometer adulterio, como la perdida de la patria potestad de los hijos, si se comete en vísperas de matrimonio civil reparación de los daños por cancelar boda, etc.
Aborto
Edad Media
Iglesia Católica Romana
Excomunión
10 años de excomunión decretado por el Concilio de Ancira.
El aborto dependiendo la situación en la que se presenta es considerado o no un delito y la pena con la que se sanciona artículos 329 al 334 del CPF.
Violación
Babilonia
Código Hammurabi
Muerte
Considerado como delito contra la propiedad protegía la exclusividad del esposo.
Si se cometía en contra de una mujer virgen se le perdonaba y se le daba muerte a su agresor, pero si en contra de una mujer casada se consideraba adulterio y ambos morían.
Para que se constituya el delito de violación tiene que estar presente ciertos aspectos en la situación y dependiendo de estas es como se constituye el delito y se penaliza con destitución de cargos publico, multas o prisión articulo 259 bis al 266 bis.
Rapiña
Derecho Romano
Ley de las XII Tablas
Prisión o muerte
Tenía que constituiré con violencia y los elementos eran los mismos que el del robo.
Considerado como robo se le agrega el agravante de violencia que aumenta la pena de prisión articulo 367 CPF.
Robo de tesoro del dios y/o el palacio
Babilonia
Código Hammurabi
Muerte
Considerado como algo sagrado al que robase algo de la divinidad y al que lo recibiera se le daba muerte.

Agresión de hijo al padre
Babilonia
Código Hammurabi
Amputación de las manos
Considerado como delito grave, no se enfrentaba a la pena capital, pero si a la amputación.
Este tipo de delito se encuentra dentro de la violencia familiar 343 bis al 343 quatér CPF.
Tomar a una mujer
Babilonia
Código Hammurabi
No era reconocida como esposa
Fijar obligaciones era lo que constituía el matrimonio.
Los derechos y obligaciones en el matrimonio se encuentran en el Libro primero Titulo quinto del CCF.

Actividad 2. Escuelas penales


1. Concluye la lectura del texto de apoyo.
2. Investiga en fuentes académicamente confiables sobre las escuelas del Derecho Penal señaladas en el texto de apoyo.
3. En un documento de texto, completa al siguiente cuadro.

Cuadro actividad 2.


Escuela clásica
Escuela Positiva
Finalismo
Funcionalismo
Periodo de desarrollo
Inicio del siglo XIX
Mitad de siglo XIX
1930 a 1970
En los 80´s
Bases filosóficas (indicar y explicar)
Libre albedrio, libertad para elegir como actuar y asumir dichas consecuencias.
No se basa en la responsabilidad moral o libre albedrio, si no en la responsabilidad social donde si se ataca o agrede a la sociedad hay que defenderla y castigar al culpable.
Considera el fin de la acción para determinar lo peligroso que puede ser el individuo y establecer una pena para el delincuente, donde crea el concepto de dolo y culpa.
El delito se configura según el propósito que tenga el derecho dentro de la sociedad para lograr establecer una cierta convivencia dentro de esta enfocado a lo político criminal.
Exponentes
Francisco Carrara, Von Feuerbach, Pellegrino Rossi, Giandomenico Rogmagnosi, Luigui Luchini, Enrico Pessina.
Cesare Lombroso, Rafael Garófalo y Enrico Ferri
Hans Welzel, Von Weber, Alexander Graf, Dhona Hellmuth, Nicolai Hartmann, Rishard Konnigsberg.
Claus Roxin, Günter Jakobs.

Características del delito
Es un ente jurídico, acto externo del delincuente, se le atribuye a la moral del individuo sobre decidir en realizar lo prohibido o abstenerse, estudio deductivo.

Deja de ser un ente jurídico y se convierte en acciones que transgreden a la seguridad social, en echo natural y social.
Observa la finalidad por la que el delincuente comete la acción llamada delito.
Enfocado a lo político-criminal se apoya en la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad del finalismo, el delito representa un peligro inminente para la sociedad.
Características de la pena
Es proporcional a la magnitud del delito que se haya cometido.
Es para prevenir por lo que son indeterminadas y proporcionales a la peligrosidad del delincuente.
Consecuencia por haber actuado con culpabilidad que tiene como finalidad la prevención, retribución, resocialización.
Se da a conocer como lo opuesto al delito, ya que con la pena se busca resarcir y restablecer la tranquilidad violentada y quebrantada.



Actividad integradora. Evolución del Derecho Penal y teoría del delito

Indicaciones
1.    A través de fuentes académicamente confiables, investiga cuáles son y en qué consisten los elementos de la teoría heptatómica del delito.
Cuadro Integrador 1.
Elementos del delito
Fundamentación de acuerdo a las escuelas penales
Positivos acción
Negativos falta de acción
Clásica
Positivista
Finalista
Funcionalista
Conducta
Comportamiento voluntario en este caso del ser humano para cumplir u omitir cierta acción, ósea la conducta es de acción y omisión.
Ausencia de conducta
Falta de voluntad del ser humano, por lo que carece de acción u omisión cuando se realiza el delito óseo que la conducta no existe y el delito tampoco esto sucede en las siguientes situaciones:
Vis absoluta, vis maior, actos reflejos, sueño profundo, sonambulismo e hipnosis.
El aspecto positivo y negativo están constituidos en el libre albedrio como responsabilidad moral.
Niega el libre albedrio, ya que se comete el delito con cierta manipulación de factores internos y externos y la responsabilidad es social.
El fin por el cual comete el delito.
Como un comportamiento doloso y culpable. Estudia a la sociedad como un todo. Se enfoca a la finalidad del Derecho Penal.
Tipicidad
Cuando la conducta coincide con el comportamiento descrito o mencionado en la hipótesis legal.
Atipicidad
La conducta no coincide con el tipo penal.
El delito es un ente jurídico que debe tener correspondencia con la norma jurídica para poder ser catalogado como delito, si esta conducta no coincide en el tipo de delito habrá ausencia del mismo.
El delito es un ente de hecho
Si el delito no tiene concordancia con la ley no hay delito.
Analiza la conducta de los tipos penales en relación a la pena del delito y no en la peligrosidad del sujeto o magnitud del daño.
Antijuridicidad
Simplemente lo opuesto al derecho y es material o formal.
Causas de justificación o licitud
Justificación de la conducta por alguna causa o licitud como; legítima defensa, necesidad, al cumplir un deber, al ejercer un derecho o por consentimiento.
El delito es una acción opuesta a la ley.
El hombre es imputable por ser parte de la sociedad la cual debe protegerse del delito.
Si la conducta y la ley no coinciden no existe el delito, al igual que si existe justificación de la conducta, o conducta basada en el error. Debe estar presente el dolo y culpabilidad en el delito.
Daños de bienes jurídicos que perjudican a la sociedad.
Imputabilidad
Cuando el individuo es capaz y reúne las características para ser imputable y responsable del delito.
Inimputabilidad
Cuando el individuo no es capaz como lo sería un menor de edad, enfermo mental, etc.
Se le imputa a su responsabilidad moral y no se podrá imputar cuando no se pueda poseer responsabilidad moral, es decir cuando no sean capaces.
Se sanciona según el peligro que pueda representar el individuo.
Cuando esta presente el dolo y la culpabilidad.

Culpabilidad
Cuando se realiza la conducta con voluntad y conocimiento del delito que se comete se presenta con dolo, intención, culpa e imprudencia.
Inculpabilidad
Cuando no hubo voluntad o no hubo conocimiento de lo que se hacía, como temor fundado, caso fortuito, etc.
El delito es un acto externo del individuo.
El delito es de responsabilidad social.
Que la conducta se adecue al tipo penal y sea antijuridica.
La responsabilidad es la culpabilidad y exigencia de establecer una pena justificada.
Condicionalidad objetiva
Circunstancias para imponer la pena que no esté relacionada con el delito.
Ausencia de condicionalidad objetiva
Lo que impide que se aplique la pena.
Si el individuo con libre albedrio por su voluntad y pleno conocimiento delinque será merecedor de la pena.
Por el simple hecho de ser parte de la sociedad al incurrir en un delito merece una pena.
Debe estar presenta la imputabilidad y tener conciencia de la antijuridicidad.
La imposición de la pena desemboca en limitar y detener la conducta delictiva y al delincuente.
Punibilidad
Cuando se cree merecedor de una pena por cometer cierto delito
Excusas absolutorias
Fundamento por el cual el delito no es punible.
Se castigará según la magnitud del delito, pero si se funda inexistencia de punibilidad el delito no se castiga.
Se castigará según la peligrosidad del delincuente
Estar presente el dolo y la culpa.
Actúa como prevención general y especial para que el delincuente no reincida.



1.    En un documento de texto, completa el siguiente cuadro.
Cuadro Integrador 2.

Elementos del delito
Fundamentación de acuerdo a las escuelas penales
Clásica
Libre albedrio
Todos lo individuos nacen iguales y tienen voluntad en su conducta.
Igualdad de derechos
La ley es igual para todos.
Responsabilidad moral
La voluntad de elegir el tipo de conducta a realizar es moral.
Objeto: delito jurídico
El delito es una entidad jurídica, según el delito es la pena.
Método: deductivo
Determinado por el objeto y considerando que el derecho penal es una ciencia normativa.
Pena proporcional al delito
Se castiga proporcionalmente al daño causado, pero dicha pena debe estar dentro de la ley.
Clasificación de delitos
Diversas clasificaciones.

Positivista
Negación de libre albedrio
El individuo no cuenta con libertad para elegir lo bueno de lo malo y se entrelaza con la teoría criminal de Lombroso.
Responsabilidad social
La sociedad debe defenderse y evitar agresiones que la perjudiquen.
Objeto: el delincuente
El delincuente es la punta del iceberg y el delito es su consecuencia.
Método: inductivo
O experimental que imponía castigo según la peligrosidad.
Pena proporcional a la peligrosidad
No le importa la magnitud del delito si no la peligrosidad del delincuente.
Prevención más que represión
Enfatizan mas el prevenir que en reprimir.
Medidas de seguridad
Es mas importante prevenir que castigar.
Clasificación de delincuentes
Su prioridad es la peligrosidad del delincuente y sus características psicológicas y sociales y no tanto la gravedad del delito cometido.
Sustitutivos penales
Deseaban eliminar la crueldad.

Finalista
Acción
Forma y finalidad por la que se realiza el suceso.
Acción injusta
Que se antijuridica, que este presente el dolo.
Acción injusta culpable
Que sea imputable y este presente la antijuricidad.

Funcionalista
Acción
Que se le pueda imputar la conducta.
Tipo
Se estudia la acción para poder ser clasificada.
Injusto
Se enjuicia la acción y elementos dentro de lo prohibido y permitido.
Responsabilidad
Determinalo culpable o no para saber si es merecedor de la pena.

3. Cuando termines, debajo de este cuadro, copia y pega los productos de las actividades 1 y 2.

Delito

Periodo, cultura y/ o momento histórico
Marco normativo de referencia
Sanción
Justificación de la ley y sanción que otorgaba
Vigencia en el derecho penal mexicano
Parricida (muerte de los parientes)
Derecho Romano
Ley de las XII tablas
Pena capital
Se encerraba al culpable en un costal y se lanzaba a al rio Tíber, por ser considerado el delito más grave.
Homicidio de un ascendiente consanguíneo en línea recta, por lo que se debe comprobar que el asesino haya tenido previo conocimiento del parentesco y así puede catalogarse como parricidio.
Brujería
Babilonia
Código Hammurabi
Muerte
El acusado se echa al divino rio si la corriente se lo lleva el acusador se queda con el patrimonio del delincuente, pero si no se declara puro y el acusado se queda con el patrimonio del acusador quien es ejecutado. Se perseguía a los brujos por el daño que podían provocar a distancia.
Este delito no existe en la actualidad.

Robo

Derecho Romano
Ley de las XII tablas
Azotes o muerte
Si se comete de día se podrá azotar al ladrón y entregado al perjudicado, si mientras es azotado se defiende violentamente se le puede dar muerte al igual que si se roba de noche.
Si fuese esclavo se arroja de la roca Tarpeya.
Se tipifica la sanción y multas en base al valor del objeto robado y la forma de cometer el robo (si hubo violencia), prescripto en los artículos 367 al 381 bis del CPF.
Injuria
Derecho Romano
Ley de las XII tablas
Pena de Talión o indemnización
Se sancionaba de la siguiente manera:
Ruptura de miembro, Talión o indemnización acordada.
Ruptura de hueso: 300 a 150 ases si era libre o esclavo.
Violencia: 25 ases.
Clasificado como delito contra el honor la injuria y difamación se derogan en México artículos 348 al 355 CPF.
Perjurio
Derecho Romano
Ley de Hammurabi
Muerte
El falso testimonio se condenaba sin perdón, eran arrojados de la roca Tarpeya.
La falsedad de testimonio es considerada un delito que se sanciona de 4 a 12 años y multas de 30 a 300 días de multas artículos 247 al 248 Bis CPF.
Magia
Derecho Romano
Ley de las XII Tablas
Muerte
Los hechiceros, adivinos que lo practiquen con malos fines serán castigados con la muerte.
Actualmente no es considerado un delito.
Incendium
Derecho Romano
Ley de las XII Tablas
Muerte
Si incendiaba su casa o la de algún otro moría quemado vivo en una hoguera.
El que provoque un incendio que represente un peligro para las personas serán condenados de 5 a 10 años de prisión artículos 397 al 399 bis CPF.
 Traición
Derecho Romano
Ley de las XII Tablas
Muerte
Pena capital mediante fustigación y decapitación ya que se consideraba como actuar contra los intereses de la ciudad si se traicionaba al magistrado (jefe militar) con la desobediencia.
La Traición contra la patria se castiga con prisión de 5 a 40 años y con multas según los artículos 123 al 126 CPF.
Adulterio
Edad Media
Derecho Canónico
Muerte
El esposo tenía derecho a matar a los adúlteros (a ambos) y reclamar el patrimonio de este.
Ya no es un delito, más sin embargo en ciertas circunstancia si trae consecuencias el cometer adulterio, como la perdida de la patria potestad de los hijos, si se comete en vísperas de matrimonio civil reparación de los daños por cancelar boda, etc.
Aborto
Edad Media
Iglesia Católica Romana
Excomunión
10 años de excomunión decretado por el Concilio de Ancira.
El aborto dependiendo la situación en la que se presenta es considerado o no un delito y la pena con la que se sanciona artículos 329 al 334 del CPF.
Violación
Babilonia
Código Hammurabi
Muerte
Considerado como delito contra la propiedad protegía la exclusividad del esposo.
Si se cometía en contra de una mujer virgen se le perdonaba y se le daba muerte a su agresor, pero si en contra de una mujer casada se consideraba adulterio y ambos morían.
Para que se constituya el delito de violación tiene que estar presente ciertos aspectos en la situación y dependiendo de estas es como se constituye el delito y se penaliza con destitución de cargos público, multas o prisión artículo 259 bis al 266 bis.
Rapiña
Derecho Romano
Ley de las XII Tablas
Prisión o muerte
Tenía que constituiré con violencia y los elementos eran los mismos que el del robo.
Considerado como robo se le agrega el agravante de violencia que aumenta la pena de prisión articulo 367 CPF.
Robo de tesoro del dios y/o el palacio
Babilonia
Código Hammurabi
Muerte
Considerado como algo sagrado al que robase algo de la divinidad y al que lo recibiera se le daba muerte.

Agresión de hijo al padre
Babilonia
Código Hammurabi
Amputación de las manos
Considerado como delito grave, no se enfrentaba a la pena capital, pero si a la amputación.
Este tipo de delito se encuentra dentro de la violencia familiar 343 bis al 343 quatér CPF.
Tomar a una mujer
Babilonia
Código Hammurabi
No era reconocida como esposa
Fijar obligaciones era lo que constituía el matrimonio.
Los derechos y obligaciones en el matrimonio se encuentran en el Libro primero Titulo quinto del CCF.



Escuela clásica
Escuela Positiva
Finalismo
Funcionalismo
Periodo de desarrollo
Inicio del siglo XIX
Mitad de siglo XIX
1930 a 1970
En los 80´s
Bases filosóficas (indicar y explicar)
Libre albedrio, libertad para elegir como actuar y asumir dichas consecuencias.
No se basa en la responsabilidad moral o libre albedrio, si no en la responsabilidad social donde si se ataca o agrede a la sociedad hay que defenderla y castigar al culpable.
Considera el fin de la acción para determinar lo peligroso que puede ser el individuo y establecer una pena para el delincuente, donde crea el concepto de dolo y culpa.
El delito se configura según el propósito que tenga el derecho dentro de la sociedad para lograr establecer una cierta convivencia dentro de esta enfocado a lo político criminal.
Exponentes
Francisco Carrara, Von Feuerbach, Pellegrino Rossi, Giandomenico Rogmagnosi, Luigui Luchini, Enrico Pessina.
Cesare Lombroso, Rafael Garófalo y Enrico Ferri
Hans Welzel, Von Weber, Alexander Graf, Dhona Hellmuth, Nicolai Hartmann, Rishard Konnigsberg.
Claus Roxin, Günter Jakobs.

Características del delito
Es un ente jurídico, acto externo del delincuente, se le atribuye a la moral del individuo sobre decidir en realizar lo prohibido o abstenerse, estudio deductivo.

Deja de ser un ente jurídico y se convierte en acciones que transgreden a la seguridad social, en echo natural y social.
Observa la finalidad por la que el delincuente comete la acción llamada delito.
Enfocado a lo político-criminal se apoya en la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad del finalismo, el delito representa un peligro inminente para la sociedad.
Características de la pena
Es proporcional a la magnitud del delito que se haya cometido.
Es para prevenir por lo que son indeterminadas y proporcionales a la peligrosidad del delincuente.
Consecuencia por haber actuado con culpabilidad que tiene como finalidad la prevención, retribución, resocialización.
Se da a conocer como lo opuesto al delito, ya que con la pena se busca resarcir y restablecer la tranquilidad violentada y quebrantada.










Módulo 5 Fundamentos del delito y los delitos en particular Unidad 3 Responsabilidad penal y punibilidad Sesión 6 Los elementos de la responsabilidad penal y la punibilidad

Módulo 5 Fundamentos del delito y los delitos en particular Unidad 3 Responsabilidad penal y punibilidad Sesión 6 Los eleme...